CAPITULO V
CONDICIONES DE DISEÑO PARA PROYECTOS DE
DENSIFICACION URBANA
Artículo 34.- En las zonas consideradas en el Plan
Urbano con Zonificación Residencial mayor a la establecida originalmente o en los proyectos de densificación urbana, es posible incrementar el número preexistente de
viviendas sobre un lote. En este caso se podrá hacer uso
de los retiros o de las áreas libres para ubicar las circulaciones verticales de acceso a las nuevas viviendas, las
mismas que deberán respetar las características de la
edificación y del entorno.
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