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Un tema legal importante desde Amarengo
LEY Nº 16053 Autorizando a los Colegios de Arquitectos del Perú y al Colegio de Ingenieros del Perú para supervisar a los profe

LEY Nº 16053 Autorizando a los Colegios de Arquitectos del Perú y al Colegio de Ingenieros del Perú para supervisar a los profesionales de Arquitectura e Ingeniería de la República

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA.
POR CUANTO: El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA PERUANA. Ha dado la ley siguiente:

ARTICULO lº.- El Colegio de Arquitectos del Perú y el Colegio de Ingenieros del Perú, supervigilarán el ejercicio de las actividades de los profesionales de Arquitectura e Ingeniería de la República, y velarán porque estas actividades se desarrollen dentro de las normas de ética profesional.