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Resolución del INC falla a favor de los Inquilinos de la Quinta Heeren
Enviado por administrador el Lun, 30/06/2008 - 8:26pm.
INQUILINOS DE QUINTA HEEREN CONSEGUIMOS HACER RESPETAR NUESTRO DERECHO DE RESIDENCIA
* Resolución de INC falla a favor de las 15 familias que habitamos Quinta Heeren
* Inmobiliaria Inversiones Quinta Heeren S.A. no podrá desalojarnos.
El Instituto Nacional de Cultura (INC) acaba de declarar fundado nuestro Recurso de Apelación interpuesto contra la Resolución Directoral Nº 216 INC-DREPH de fecha 22.12.06 -que aprueba el Proyecto Arquitectónico de Restauración de la Quinta Heeren como Primera Etapa del Proyecto Integral de la Quinta-, con la cual Inversiones Quinta Heeren S.A pretendía dejarnos en la calle a las 15 familias que habitamos la Quinta -desde hace más de 50 años- sin brindarnos alternativas de vivienda o reubicación.
La Resolución que acaba de emitir el INC (Resolución Directoral Nº 023-INC-DG – 11.06.08) establece en forma textual lo siguiente: "la propuesta aprobada no constituye un proyecto integral que involucra de manera específica todo los aspectos de análisis y propuestas de intervención de las edificaciones que conforman los cuatro sectores identificados, toda vez que la observación contenida en campo presenta menos del 50% de la totalidad del área identificada, deviniendo en hipotéticas las propuestas de restauración planteadas en las viviendas no evaluadas al carecer de un diagnóstico integral, constituyendo el proyecto ante todo una propuesta de factibilidad de intervención integral".
Con esta Resolución se pondrá termino a los procesos judiciales de "desalojo por restauración" que Inversiones Quinta Heeren S.A. –propietarios del predio- nos inició en base la R.D. N° 216/NC-DREPH ya que está ha sido declarada Nula. Así mismo, Inversiones Quinta Heeren S.A. deberá presentar un Proyecto de Restauración respetando los criterios y procedimientos técnicos para el tratamiento de Monumentos Históricos y que respete y reconozca nuestro derecho de residencia.
Como inquilinos de la Quinta Heeren exigimos públicamente que se ponga en ejecución el Convenio de fecha 27 de junio de 2006 suscrito entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y los propietarios Inversiones Quinta Heeren S.A., para que de esta manera se construyan viviendas en el marco del Programa Techo Propio para nuestras familias.
Señalamos que el número de familias que habitamos la Quinta Heeren ha variado considerablemente. Hace dos años éramos 48 familias ahora solo quedamos 15 –la mayoría personas de la tercera edad y en situación de empobrecimiento-, el resto de las familias se ha ido por presión de la inmobiliaria que constantemente nos hostiliza y presiona para que nos vayamos amparados en el artículo 12º de la Ley Nº 28296 – Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación que estipula que el propietario de un bien inmueble integrante del Patrimonio Cultural de la Nación podrá promover la demanda de desalojo correspondiente, con la finalidad de restaurarlo dentro del plazo establecido en el proyecto de restauración aprobado por el Instituto Nacional de Cultura - INC.
Inversiones Quinta Heeren S.A. se equivoca al creer que nosotros estorbamos sus planes de restauración. Somos nosotros los primeros interesados en que se ejecute un Proyecto de Restauración, pero dicho proyecto debe ser elaborado correctamente, respetando los criterios y procedimientos técnicos para el tratamiento de los Monumentos Históricos.
Somos los inquilinos, quienes le damos vida a este Patrimonio Cultural de la Nación llamado "Quinta Heeren". Sin nosotros caminando por sus calles o nuestros hijos y nietos corriendo por los jardines la quinta no sería más que un museo que abre unas horas y luego se convierte en un lugar frío y solitario. Acaso se han olvidado que Quinta Heeren fue residencia de diplomáticos y autoridades.
Exhortamos a las autoridades a tomar las medidas correspondientes para hacer respetar nuestro derecho de residencia y que se convierta en ejemplo para los cientos de predios patrimoniales del Centro Histórico en similar situación.
Ante todo ello proponemos:
· La modificación del artículo 12º de la Ley No. 28296 con carácter de Urgencia a fin que no se promueva desalojos compulsivos, y por el contrario, se promueva la inversión privada y pública con la aplicación de normas legales sobre Renovación Urbana (urgente dación de la Ley General de Renovación Urbana) y la aplicación de un BONO DE DESTUGURIZACIÓN como una herramienta subsidiaria para asegurar la habitabilidad del patrimonio edificado y su salvaguarda. De esta manera, los monumentos, como Quinta Heeren, no se conviertan en artefactos para el consumo indiscriminado del turismo contaminante, no cultural o para el comercio terciario contaminante.
Agradeciendo su publicación, quedamos de usted.
Cercado de Lima, 26 de junio de 2008
VECINOS DE LA QUINTA HEEREN
Dirección Junín Nº 1201 Int.118 y 121 Quinta Heeren / Mail : bcarranzae
yahoo.com / Teléfono: 3281447 / 999501195 / 989465944
* Resolución de INC falla a favor de las 15 familias que habitamos Quinta Heeren
* Inmobiliaria Inversiones Quinta Heeren S.A. no podrá desalojarnos.
El Instituto Nacional de Cultura (INC) acaba de declarar fundado nuestro Recurso de Apelación interpuesto contra la Resolución Directoral Nº 216 INC-DREPH de fecha 22.12.06 -que aprueba el Proyecto Arquitectónico de Restauración de la Quinta Heeren como Primera Etapa del Proyecto Integral de la Quinta-, con la cual Inversiones Quinta Heeren S.A pretendía dejarnos en la calle a las 15 familias que habitamos la Quinta -desde hace más de 50 años- sin brindarnos alternativas de vivienda o reubicación.
La Resolución que acaba de emitir el INC (Resolución Directoral Nº 023-INC-DG – 11.06.08) establece en forma textual lo siguiente: "la propuesta aprobada no constituye un proyecto integral que involucra de manera específica todo los aspectos de análisis y propuestas de intervención de las edificaciones que conforman los cuatro sectores identificados, toda vez que la observación contenida en campo presenta menos del 50% de la totalidad del área identificada, deviniendo en hipotéticas las propuestas de restauración planteadas en las viviendas no evaluadas al carecer de un diagnóstico integral, constituyendo el proyecto ante todo una propuesta de factibilidad de intervención integral".
Con esta Resolución se pondrá termino a los procesos judiciales de "desalojo por restauración" que Inversiones Quinta Heeren S.A. –propietarios del predio- nos inició en base la R.D. N° 216/NC-DREPH ya que está ha sido declarada Nula. Así mismo, Inversiones Quinta Heeren S.A. deberá presentar un Proyecto de Restauración respetando los criterios y procedimientos técnicos para el tratamiento de Monumentos Históricos y que respete y reconozca nuestro derecho de residencia.
Como inquilinos de la Quinta Heeren exigimos públicamente que se ponga en ejecución el Convenio de fecha 27 de junio de 2006 suscrito entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y los propietarios Inversiones Quinta Heeren S.A., para que de esta manera se construyan viviendas en el marco del Programa Techo Propio para nuestras familias.
Señalamos que el número de familias que habitamos la Quinta Heeren ha variado considerablemente. Hace dos años éramos 48 familias ahora solo quedamos 15 –la mayoría personas de la tercera edad y en situación de empobrecimiento-, el resto de las familias se ha ido por presión de la inmobiliaria que constantemente nos hostiliza y presiona para que nos vayamos amparados en el artículo 12º de la Ley Nº 28296 – Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación que estipula que el propietario de un bien inmueble integrante del Patrimonio Cultural de la Nación podrá promover la demanda de desalojo correspondiente, con la finalidad de restaurarlo dentro del plazo establecido en el proyecto de restauración aprobado por el Instituto Nacional de Cultura - INC.
Inversiones Quinta Heeren S.A. se equivoca al creer que nosotros estorbamos sus planes de restauración. Somos nosotros los primeros interesados en que se ejecute un Proyecto de Restauración, pero dicho proyecto debe ser elaborado correctamente, respetando los criterios y procedimientos técnicos para el tratamiento de los Monumentos Históricos.
Somos los inquilinos, quienes le damos vida a este Patrimonio Cultural de la Nación llamado "Quinta Heeren". Sin nosotros caminando por sus calles o nuestros hijos y nietos corriendo por los jardines la quinta no sería más que un museo que abre unas horas y luego se convierte en un lugar frío y solitario. Acaso se han olvidado que Quinta Heeren fue residencia de diplomáticos y autoridades.
Exhortamos a las autoridades a tomar las medidas correspondientes para hacer respetar nuestro derecho de residencia y que se convierta en ejemplo para los cientos de predios patrimoniales del Centro Histórico en similar situación.
Ante todo ello proponemos:
· La modificación del artículo 12º de la Ley No. 28296 con carácter de Urgencia a fin que no se promueva desalojos compulsivos, y por el contrario, se promueva la inversión privada y pública con la aplicación de normas legales sobre Renovación Urbana (urgente dación de la Ley General de Renovación Urbana) y la aplicación de un BONO DE DESTUGURIZACIÓN como una herramienta subsidiaria para asegurar la habitabilidad del patrimonio edificado y su salvaguarda. De esta manera, los monumentos, como Quinta Heeren, no se conviertan en artefactos para el consumo indiscriminado del turismo contaminante, no cultural o para el comercio terciario contaminante.
Agradeciendo su publicación, quedamos de usted.
Cercado de Lima, 26 de junio de 2008
VECINOS DE LA QUINTA HEEREN
Dirección Junín Nº 1201 Int.118 y 121 Quinta Heeren / Mail : bcarranzae
yahoo.com / Teléfono: 3281447 / 999501195 / 989465944»
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